miércoles, 20 de mayo de 2009

SOAT

Hace algunos años, en el 2003 para ser más exactos, la Sala de Defensa de la Competencia de Indecopi confirmó luego de diez meses de investigación la existencia de una concertación entre nueve empresas aseguradoras. Dichas empresas que son todas las que operan en el Perú, se habían puesto de acuerdo para fijar el precio de la póliza del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT).

Por dicha concertación fueron multadas con S/. 728,500.00 soles, lo que significaba S/. 80,000.00 por compañía aseguradora, lo que resultaba ridículo si se compara con las utilidades obtenidas por la concertación de precios, tal como veremos a continuación.


En el primer año de vigencia del SOAT se habían vendido 836,000 pólizas, lo que multiplicado por 50 dólares que es el promedio del valor de cada SOAT, daba una cifra de 41,800,000.00 dólares americanos( Cuarenta y un millones ochocientos mil dólares). Según cifras de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) lo que las empresas aseguradoras habían pagado en ese mismo año como indemnizaciones por el seguro que cubre el SOAT era de 10,708,176 dólares americanos (diez millones setecientos ocho mil ciento setenta y seis dólares).

La diferencia entre las cifras mencionadas es decir ventas menos indemnizaciones es la suma bruta obtenida por la compañías de seguros, lo que significa que a las aseguradoras les quedó una utilidad bruta de 31,091,824 dólares americanos( Treinta y un millones noventa y un mil ochocientos veinticuatro dólares).

Suponiendo que cada empresa aseguradora recibió la misma utilidad bruta, a cada una le correspondió la suma de 3,500,000.00 dólares americanos en ese año. Si la multa fue de 80 mil soles por cabeza, es decir unos 22,000.00 dólares americanos (veintidós mil dólares), no representó la multa ni siquiera el 1% de lo que obtuvieron por utilidad producto de su concertación de precios.

Lamentablemente las cifras en los últimos años no han sido tan difundidas como en el primera año de existencia y no nos permite hacer las comparaciones igual que las del año 2003. Al contrario, en los años recientes se han escuchado declaraciones lastimeras de los representantes de las compañías de seguros en el sentido de que ya no resulta negocio el SOAT y que apenas alcanza para cubrir sus gastos administrativos, el importe de la venta del seguro obligatorio contra accidentes de tránsito. Hasta daba ganas de darles un solcito como si se tratara de contorsionistas de esquina.

Pero como probablemente no sea así y sin considerar el aumento del parque automotriz, el ingreso de los 6 años de vigencia del SOAT deben haber significado para las empresas aseguradoras una utilidad bruta de aproximadamente 186 millones de dólares, algo así como 20 millones por compañía de seguro, y si descontamos las indemnizaciones que no se han cobrado y suman varios millones, la compañías de seguros deben haber ganado cerca de 200 millones de dólares o sea más de 600 millones de soles.

Y pensar que un tal Amprimo quería (para beneficio de los pobres pacientes de los desalmados médicos) que se implemente un SOAT médico. Echen pluma.

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