domingo, 9 de mayo de 2010

Adela Montesinos

Una de las pocas cosas que agradezco de haber estado preso en la cárcel de San Jorge, es el tiempo que tenía para la lectura. Tiempo que como el del sueño o el de la muerte, se detiene.

Lectura que me permitió conocer autores y libros, que de haber estado en libertad, quizá nunca hubiera conocido.

Nuestra Biblioteca que la debemos en gran parte a Ricardo Palma Michelsen, quien nos había precedido en San Jorge años antes, no tenía gran cantidad de volúmenes, pero sí libros de gran calidad.

Adela Montesinos es uno de esos casos. “Arcos Hondos”, se llama el único libro de esta autora, que a pesar de su título, poco sugerente, me atrajo, por el apellido de su autora, el mismo del satánico asesor de Fujimori, que causa su caída.

“Arcos Hondos” es un libro de poemas de Adela Montesinos y Montesinos nacida en Lima pero de una familia profundamente y totalmente arequipeña, hermana de Alfonso Montesinos y Montesinos y del padre de Vladimiro Montesinos. Madre de dos ( a diferencia de Vladimiro) ejemplares políticos: Guillermo Herrera Montesinos y Gustavo Espinoza Montesinos.

Escribiendo el presente artículo, me entero que está por celebrarse el centenario de su nacimiento y que su hija Dunia Espinoza Montesinos, prepara las celebraciones y la reedición de su obra.

Su poemario, tiene un prólogo de otro gran poeta César A. Rodríguez y con toda justicia lo califica de: ”río de ternura que vibra como el chelo que tocaba su padre”, pero además de la calidad literaria, debe destacarse el compromiso social de su autora en cada uno de sus versos y en los casos que narra y en la forma en que lo hace.

“Para que tu me quieras me hice blanda
para ayudar a todos, ya ves, me torno acero”

Es la declaración inicial de una vida que estuvo dedicada a la lucha por los pobres.

“Y por este Perú, por donde se camine/ se ven cosas que espantan/ Hay hambre y hay miseria en todos los rincones/ quiero que el hambre de los niños se llegue hasta tu mesa/ y te sacuda las entrañas”

Narra el caso de Ignacia de la Cruz condenada el año 1955 a 25 años de cárcel por matar a su hijo de un mes de nacido. Ignacia, tenía 20 años de edad física y sólo 8 de edad mental, sólo hablaba quechua y lo poco que pudo decir en su idioma, es que mató a su hijo por que no soportaba verlo llorar de hambre.

Casos como el de Ignacia, hicieron que Adela Montesinos luchara y escribiera toda su vida en defensa de los pobres y entonces uno se pregunta ¿cómo pueden de la misma sangre, surgir seres tan distintos?

Es probable que haya cometido algunos errores, al tratar de recordar lo leído hace más de cinco años, pero no podía dejar de hacerlo y sumarme a aquellos que quisieran que tanto el poemario como los artículos de Adela Montesinos, se difunda.

Hace un tiempo envié éste artículo al diario La Primera y seguramente por razones de espacio no fue publicado.

sábado, 3 de abril de 2010

ALCALDE MANUEL MASÍAS Y LA FERIA DEL LIBRO

El alcalde (por la gracia de Lourdes y Castañeda)de Miraflores Manuel Masías, le negó a la Feria del Libro el lugar que había ocupado por más de 30 años en el parque Central de Miraflores y zonas aledañas. Fueron a él miles de personas y a todas les dijo que no. Acudieron donde Masías artistas e intelectuales y su respuesta siempre fue la misma: NO.

Escribieron a favor de la feria y en contra de Masías, Luis Jaime Cisneros, Martha Meier Miro Quesada, Alonso Cueto, Carlos Carlín, Pedro Ortiz Bisso etc pero nada lo pudo convencer ni ablandar.

Sus argumentos expuestos en volantes que dejaba por debajo de la puerta de los vecinos miraflorinos y que luego balbuceo en algunas entrevistas a medios de comunicación son básicamente, que la feria había generado daños a las áreas verdes, provocan un intenso congestionamiento vehicular que altera el orden en Miraflores, impedía que los vecinos puedan disfrutar de la infraestructura de esos espacios que debían ser destinados al sano esparcimiento, la distracción y el descanso, como si no se supiera aquí y en Sebastopol, que el parque Kennedy es el único lugar en Lima y probablemente en el Perú en donde todos los fines de semana se ejerce la prostitución masculina.

Pero dijo Masías más lindezas, que la Feria del Libro impedía a los miembros de la Comunidad Católica de Miraflores asistir libremente a misa y otras actividades de fe y que destruía lo que le cuesta a todos los vecinos miraflorinos. A Masías que poco le importa lo que ocurre en la Calle de las Pizzas en donde aparte de drogas y prostitución hasta se mata a sus concurrentes como ocurrió hace 2 meses con una chica de apellido Vilchez, le preocupaba que la Feria del Libro atentara contra las buenas costumbres y las libertades de culto.

Pero oh sorpresa, 6 meses después de su tenaz oposición el Sr. Jaime Carbajal Presidente de la Cámara Peruana del Libro y uno de los dueños de la librería Crisol, lo logra convencer a Masías y en el año 2010 la Feria del Libro se hará nuevamente en Miraflores. Claro que el homenaje a Julio Ramón Ribeyro será remplazado por un homenaje al escritor Bellatin, lo que para Masias es casi lo mismo y que no se usará todo el parque sino una parte, pero al fin y al cabo Carbajal logró doblegar la tenaz oposición del alcalde y ya no importa el intenso congestionamiento, el daño a la propiedad pública, el alterar el orden y la fe religiosa de los católicos miraflorinos.

El diario Correo en su edición del viernes 26 de marzo en la página 18 trae algo que parece un publireportaje titulado “Todos Vuelven” en donde anuncia que Masias y Carbajal han firmado un “pacto de caballeros” para que la feria vuelva a Miraflores.

Sugiero que el restaurante “Central” y todos aquellos que tengan problemas con la municipalidad de Miraflores, contraten al Sr. Carbajal que como vemos tiene argumentos muy convincentes.

miércoles, 24 de febrero de 2010

SENTENCIA INFAME DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

“EL QUE SENTENCIA UNA CAUSA SIN OÍR LA PARTE OPUESTA, AUNQUE SENTENCIE LO JUSTO ES INJUSTA LA SENTENCIA” J.E. Gaitan


El Tribunal Constitucional ha emitido el 21 de agosto del año 2009 una sentencia que ha pasado desapercibida pero que resulta una de las más aberrantes y antijurídicas que dicho organismo haya producido. Se trata de la resolución que pone fin a la causa seguida por la Universidad Tecnológica del Perú SAC contra el Instituto Nacional de Cultura y según la cual, el Tribunal le da la razón a dicha universidad y declarar inaplicable una Resolución Directoral del INC por la que se había comprendido un inmueble como ambiente urbano monumental.

La historia se remonta al año 2006, cuando el INC emitió la resolución Directoral Nacional Nro.1011-INC que se publicó en el diario oficial El Peruano el 13 de julio del 2006, en ella que declaraba ambiente urbano monumental, el espacio comprendido entre las cuadras 1 a 10 de la Avenida Arequipa.

Dos años después de publicada dicha resolución, la Universidad Tecnológica del Perú SAC decide interponer una acción de amparo ante el Poder Judicial y éste, en dos instancias, declara que no procede por haber prescrito su derecho a accionar. Señalan además, que es un tema que debería ventilarse en un proceso contencioso administrativo y no mediante una acción de amparo.

Luego de perder en el Poder Judicial, recurre la Universidad al Tribunal Constitucional y la segunda sala de ese tribunal integrada, declara fundada la demanda de acción de amparo.

Sostiene dicha sentencia, que no ha vencido el plazo de prescripción establecido en el artículo 44 del Código Procesal Constitucional(60 días) a pesar que la norma contra la que se acciona recién en abril del 2008, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de julio del 2006. Es decir, que habían trascurrido casi dos años desde que supuestamente se produce la afectación del derecho de la Universidad Tecnológica del Perú SAC.

Una vez que ha determinado que el plazo de prescripción no había transcurrido, y que lo lógico sería(como lo ha resuelto en otros casos), que se revoque las resoluciones del juzgado y de la Corte Superior ordenándose se admita a trámite la demanda, ¡Oh sorpresa! alegando el respeto a los principios de economía y celeridad procesal y que”resulta innecesario hacer transitar nuevamente a la Universidad por la vía judicial”, decide pronunciarse sobre el fondo del asunto. Que generosos con la universidad a la que no quieren ocasionarle ningún gasto ni molestia haciéndola transitar otra vez por la vía judicial. Y pensar, que a modestos litigantes si los hacen recorrer esa angustiosa vía y a la universidad, pensando tal vez en su precaria economía proveniente del pago de pensiones y matriculas de miles de alumnos, cuidan los bolsillos para que puedan atender otros menesteres.

Sostiene su insólito fallo, que sobre la base de lo expuesto en la demanda(por la Universidad) es suficiente para determinar si los derechos de propiedad y al debido proceso de la Universidad, han sido o no vulnerados al haberse declarado ambiente urbano monumental el inmueble de su propiedad ubicado en el Jr. Hernán Velarde 289-293, esquina con la Avenida Arequipa 265279, mediante el artículo 1ro. De la Resolución Directoral Nacional 1011-INC y su anexo.

A continuación, hace un análisis de cómo el INC ha vulnerado el derecho de propiedad al impedir que la Universidad no pueda usar, gozar y explotar conforme a sus intereses, la integridad del inmueble, toda vez que está impedida de introducir en él diseños, materiales o elementos urbanos atípicos, pues tiene la obligación de preservar la unidad y su carácter de conjunto, la traza urbana, su morfología y su secuencia espacial. Con la anterior argumentación, basta que el INC declaré un balcón colonial o republicano como monumento histórico, para que según los también arquitectos-juristas del TC, consideren vulnerado el derecho a la propiedad y en consecuencia, dejen sin efecto cualquier declaración en contrario. Es evidente en este punto, lo peligroso de la sentencia y su posible utilización para otros casos similares.

Además de limitarse el derecho de propiedad por lo expuesto en el párrafo anterior, el Tribunal añade que resulta peor por cuanto la Universidad Tecnológica SAC, persigue una finalidad o función social y el derecho a la propiedad sobre el citado inmueble, estaba destinado a la construcción de una sede para el desarrollo de la educación universitaria, que conforme al artículo 18 de la Constitución, tiene como fines la formación profesional, la difusión cultural, la creación intelectual y artística y la investigación científica y tecnológica. Como si no fuera posible que esos fines estén subordinados a fines menos altruistas en el caso de ciertas universidades y que por lo tanto el enunciado constitucional es simplemente eso.

Siguiendo con ese razonamiento, los miembros del tribunal constitucional dicen que como lo que se plantea al considerar ambiente urbano monumental es una suerte de intangibilidad e inmutabilidad de la morfología y fisonomía del ambiente o espacio, ese limite cuando se trata del desarrollo de la educación universitaria, debe considerarse como una medida arbitraria, toda vez que la educación, en tanto derecho fundamental y servicio público, tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana, por lo que cualquier medida que limite o prohíba de manera directa o indirecta la educación debe ser considerada inconstitucional. Están advertidas todas las autoridades municipales y en particular la de Lima y Surco, quienes como es de público conocimiento, cercenó la primera, parte del terreno de la Universidad de San Marcos y la segunda, paralizó la construcción de un edificio de la Universidad Ricardo Palma por carecer de licencia municipal.

Sin embargo, hay algo más grave en la sentencia. En su punto 13 la monumental sentencia, señala que la norma dictada por el INC no ha respetado los derechos a la defensa; a la prueba; a la pluralidad de instancias; a la motivación debida, así como la garantía de publicidad de los actos de la Administración Pública. Y por todas esas razones, castiga al INC que en buena cuenta es el Estado Peruano, a no tener derecho a la defensa, a la prueba, a la pluralidad de instancias y a la motivación debida y lo que es más absurdo, señala que se ha violado la garantía de publicidad de los actos de la Administración Pública, cuando la norma contra la que se ha iniciado la acción de amparo se publicó en el Diario Oficial El Peruano. ¿Que pretende el Tribunal? ¿ Acaso que las normas además de publicarse en el diario oficial, se le hagan conocer a cada uno de los ciudadanos que potencialmente podrían ser afectados por una disposición legal?. En el futuro pretenderán que las leyes por ejemplo, sean notificadas a cada uno de los ciudadanos del Perú en sus domicilios o que por lo menos se sepa a quienes puede afectar y a ellos notificarlos?

Más adelante y de manera categórica declara que el INC vulneró el derecho al debido proceso administrativo de la Universidad, por que los actos realizados han estado desprovistos de la garantía de la publicidad de los actos de la Administración Pública. Acaso los actos realizados por la administración pública, además de ser publicados en el Diario Oficial que es la manera en que señala el artículo 109 de la Constitución Política del Perú, que se vuelven obligatorias las normas legales, ¿debería contar con avisos en televisión o letreros luminosos?

Finalmente y sin permitirle siquiera al INC poder argumentar o probar lo contrario, el Tribunal da por cierto un documento privado presentado por la Universidad según el cual cuando adquirió el inmueble afectado, éste se encontraba en estado ruinoso.

La sentencia declara fundada la demanda por haberse acreditado la vulneración de los derechos de propiedad y debido proceso y ordena que el INC retire la condición de ambiente urbano monumental del inmueble de la universidad.

El Instituto Nacional de Cultura no ha merecido por parte del Tribunal Constitucional, las consideraciones que se han tenido con una Universidad privada, a quien como dice la sentencia: ”resulta innecesario hacer transitar nuevamente por la vía judicial”. El INC ha visto vulnerado sus derechos a un proceso justo; el derecho a la tutela jurídica, ya que no existió auto admisorio de la demanda que declarase la existencia de una relación jurídica procesal valida; no existió litis entre las partes, no hubo traslado de la demanda, lo que ha impedido siquiera contestarla en ejercicio del derecho de contradicción que es la base jurídica del derecho procesal. En pocas palabras, al Estado Peruano se le ha negado los más elementales derechos para defenderse, ha sido condenado sin siquiera escuchársele. ¿Que puede pasar con los simples mortales que acuden al Tribunal Constitucional en busca de que se defienda sus derechos?


El INC planteo un recurso contra esa sentencia y por supuesto ni siquiera lo admitieron. Todo está consumado.

Ernesto Gamarra Olivares
Abogado

martes, 9 de febrero de 2010

LO QUE GANAN EN EL PODER JUDICIAL

Gracias a un artículo de Plinio Esquinarila nos enteramos que los vocales de la Corte Suprema, pueden llegar a ganar 26 mil soles mensuales, es decir más de 10 mil soles de lo que gana el presidente de la república. Acaso no era el presidente de acuerdo a una ley, el que ganaba más dentro de la estructura del Estado?

Pues no, son los miembros del organismo más desprestigiado del Perú, los que se la llevan toda. Pero además de ganar un huevo, no decírselo a nadie, siguen pidiendo más presupuesto por que alegan que tienen una carga procesal de más de dos millones de expedientes. Si tienen esa carga procesal, por que por lo menos no cumplen con trabajar 8 horas al día como cualquier trabajador del mundo? Porqué tienen gollorías que ningún otro funcionario de estado tiene, como por ejemplo enseñar en las universidades en horarios en que debían estar trabajando resolviendo expedientes?.

Muchos si no todos los vocales supremos, enseñan en universidades y no crean que en San Marcos o la Católica, sino que lo hacen fundamentalmente en universidades como Alas Peruanas, Norber Winer, Tecnológica, San Judas Tadeo, Garcilazo, en donde además de no enseñar nada, son simplemente utilizados como protección para los procesos que dichas universidades enfrentan.

Además de la enseñanza, muchos se dedican también al aprendizaje. Como quiera que para poder permanecer en el cargo o ascender, les exigen estudios de maestrías y post-grados, los vemos con sus libros bajo el brazo en lugar de expedientes, salir presurosos de Palacio de Justicia rumbo a sus clases.

Como caso curioso(pero no es el único) está el caso del vocal Balcazar Zelada, quien enseñaba en la universidad Alas Peruanas y al mismo tiempo, seguía una maestría en la universidad Pedro Ruiz Gallo de Lambayeque. Y como si no fuera imposible hacer al mismo tiempo 2 cosas 800 kilómetros de por medio, también en ese tiempo, seguía unos cursos en la universidad Garcilazo de la Vega.

Por que no se publica el nombre de todos los miembros del Poder Judicial que se cachuelen en las universidades? Y además publicar los cursos que dictan, lo que ganan y los horarios que tienen. Podría incluirse también los honoris causa que han recibido.

Continuaremos con otros artículos y también otros privilegios de los miembros del poder Judicial, que acaba de absolver al ex alcalde de Pucallpa Luis Valdez acusado de asesinar al periodista Alberto Rivera.

domingo, 7 de febrero de 2010

Programa emitido el 07 de Febrero de 2010

SE DEDICO GRAN PARTE DEL PROGRAMA AL POETA JUAN GONZALO ROSE, SE INVITÓ A SU HERMANA MARIA TERESA ROSE QUIEN RECITÓ ALGUNOS DE SUS POEMAS Y CONTÓ PASAJES INÉDITOS DE LA VIDA DEL POETA.
EXISTE UN CD CON CANCIONES INÉDITAS DE JUAN GONZALO ROSE, ESPERANDO SER GRABADO.
COMO TODOS SABEN ADEMÁS DE GRAN POETA COMPUSO HERMOSOS VALSES COMO POR EJEMPLO: "TU VOZ", QUE LO ESCUCHAMOS EN EL PROGRAMA Y QUE GANARA CANTADO POR TANIA LIBERTAD UN FESTIVAL DE MÚSICA.

SE HABLÓ COMO ANTICIPO DEL PROGRAMA DEL PRÓXIMO DOMINGO, DE LOS SUELDOS DE LOS MIEMBROS DEL PODER JUDICIAL EN PARTICULAR DE LOS VOCALES SUPREMOS, QUE GANAN EL DOBLE QUE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y QUE ADEMÁS, MUCHOS DOBLETEAN ENSEÑANDO EN LAS UNIVERSIDADES.
CONTINUAREMOS CON EL TEMA Y TENDREMOS INVITADOS ESPECIALES, QUE NOS CONTARAN COMO MIENTRAS UN TRABAJADOR DEL PODER JUDICIAL GANA 700 U 800 SOLES MENSUALES, UN VOCAL SUPREMO PUEDE ESTAR GANANDO 30 MIL SOLES MENSUALES. OTORONGAZOS.

NO DEJE DE ESCUCHAR EL PROGRAMA



1ra parte



2da parte

jueves, 28 de enero de 2010

JAIME BAYLY Y JOSE BARBA CABALLERO

Barba Caballero le ha ofrecido “su partido” CAMBIO RADICAL a Jaime Bayly para que se lance de candidato a la presidencia de la república.

Cambio Radical es un partido que en las pasadas elecciones fue acusado de falsificar firmas para lograr su inscripción. ANTONIO CABALLERO SANCHEZ, confesó públicamente que del despacho del Congresista Barba sacaban las fichas de la Reniec para concretar la falsificación. Como quiera que Barba en su despacho de congresista tenía acceso gratuito a la Reniec, imprimían las fichas de miles de ciudadanos y luego con esas fichas obtenían el número del DNI y copiaban la firma que aparece en la referida ficha. Es decir no sólo estaban usando indebidamente bienes del Estado, sino que los estaban usando para falsificar firmas.

Por encargo del programa “La Ventana Indiscreta”, a quien nadie puede acusar de estar en contra del gobierno aprista, sino todo lo contrario, se mandó a hacer un peritaje y el perito judicial grafotécnico REYMUNDO URCIA luego de revisar las actas de constitución de bases provinciales de CAMBIO RADICAL concluyó que: “Con toda certeza ha habido falsificación”. Según el experto, en las actas había firmas falsificadas y que nueve de ellas fueron alteradas “por el mismo puño gráfico”. Es evidente que la pericia sólo se hizo sobre 120 firmas, no se podía hacer por más por el costo y por que no se tuvo acceso a todas las firmas.
Esta información apareció en el diario La República en su edición del 23 de octubre del año 2005.

DERRY DIAZ que fue la autora del reportaje, comenta lo siguiente: “ANTONIO CABALLERO SÁNCHEZ suda copiosamente mientras asegura que el congresista de UNIDAD NACIONAL JOSÉ BARBA CABALLERO sabía del fraude de firmas y es uno de los responsables de esa falsificación que realizó su partido CAMBIO RADICAL, para lograr su inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Indignado, sostuvo que el citado parlamentario no puede pretender sacar cuerpo y evadir su responsabilidad de este hecho anunciando que CAMBIO RADICAL se retira de UNIDAD NACIONAL, JOSÉ BARBA no sólo es responsable político, sino penal, porque de su oficina se extraían las fichas del Reniec para que puedan falsificar los nombres”

“Recordó Que Barba lejos de hacer un mea culpa, ha dicho que no le debe disculpas a nadie porque se considera “agraviado”. Cuestionó que el congresista responsabizara de todo al secretario General de Cambio Radical, JORGE VALDEZ

Precisamente Váldez había sido sindicado por Antonio Caballero como una de las personas que acudió al despacho de Barba para retirar las fichas del Reniec. El otro es CARLOS BURGOS en ese entonces Secretario distrital de Unidad Nacional en el distrito de San Juan de Lurigancho y hoy día nada menos que alcalde de ese lugar

Antonio Caballero incluso dijo que él y su familia habían sido amenazado de muerte si no se callaba y responsabilizó de las amenazas a Barba, Valdez y Burgos.

El 19 de octubre del 2005 Barba Caballero tal como dio cuenta agenciaperu.com comunicó que su partido Cambio Radical quedaba disuelto, “Seria un acto de egoismo y de irresponsabilidad de parte mía(se refiere a no disolver Cambio Radical) y yo no puedo hacer eso con LOURDES FLORES, la quiero y la respeto demasiado como para que se involucre en un asunto tan barato, tan tonto”. El mismo Barba declaró lo mismo en Radio Programas del Perú y hoy ese mismo Barba dice que Lourdes Flores es la azafata de un narcotraficante.

Dicho sea de paso la personera de Cambio Radical como antes lo fuera de CODE-RENOVACIÓN, alianza que compartiera Barba con Rafael Rey, era la Sra. Auriestela Ovando Morgan de Barba Caballero.

Ese es el partido que Enrique Ghersi le ha conseguido a Jaime Bayly para que sea candidato, un partido que nació de la falsificación de firmas y que como anunció su promotor, fundador y falsificador, quedó disuelto en el 2005.

Hay muchas personas que creen en el mensaje de Bayly, pero si el ropaje partidario es Cambio Radical, la verdad que deja muchas dudas.




domingo, 24 de enero de 2010

Programa emitido el 24 de Enero de 2010

PEDRO MARTINEZ DENUNCIA LAS VINCULACIONES DE SALVADOR HERESI Y ALEX KOURI EN OBRAS SIN LICITACIÓN QUE HACE EL ALCALDE DE SAN MIGUEL


1ra parte



2da parte

domingo, 10 de enero de 2010

Programa emitido el 10 de Enero de 2010

Estuvo con nosotros Elías Mendoza quien es pre candidato a la presidencia de la república por Acción Popular y explicó sus planteamientos, también habló de la situación de los partidos políticos y de la forma de mejorar la democracia interna de los partidos.

También entrevisté a Robert Castro Guerra candidato a la alcaldía de San Miguel y quien hizo críticas a la gestión de Francis Allison.

no deje de oír las entrevistas

1ra parte



2da parte

domingo, 3 de enero de 2010

Programa emitido el 03 de Enero de 2010

Tal como se anunciara el domingo estuvimos con Gabriel Bustamante de ACUSE la Asociación de Consumidores y Usuarios de Seguros y abordamos el tema de el SOAT y como las empresas de seguros han ganado en los años que tiene vigencia el Soat, más de 140 millones de dólares y a pesar de esa ganancia, el SOAT, no ha bajado sino todo lo contrario, ha subido de precio.

La subida de precio para algunos vehículos decretada por algunas compañías de Seguros, sin que la Superintendencia de Banca y Seguros diga nada, lo mismo que el Ministerio de Transportes, afecta sólo a determinado tipo de vehículos que sin ser de servicio público han pasado de pagar 120 soles a pagar 400 soles.

También se habló del caso de las AFOCATS, que es casi un seguro informal, chicha, que en muchisimos casos no cubre por los accidentes que se supone que cobra un seguro.
Las clínicas privadas y hasta los hospitales del Estado, se aprovechan de cobrar más cuando se trata del seguro cubierto por el SOAT y éste es uno de los argumentos de las compañías de seguros para no bajar el costo del SOAT.

Se habló incluso del caso de Marisol Aguirre y su divorcio del Zorro Christian Meier y como tenían mayor cobertura en los medios que accidentes en donde mueren 42 personas en la carretera. Gracias a sus abogados en particular Ghersi que con el afan de presionar a Meier hace anuncios espectaculares como el del levantamiento del secreto bancario, ganan portada de los diario y los accidentes pasan desapercibidos.

No deje de oir los audios

1ra parte



2da parte

sábado, 2 de enero de 2010

¡Es hora de decir basta! Bajo triquiñuelas los corruptos y mafiosos salen de las carcéles o se les indulta... y ¡hasta se les condecora! ¿En qué país estamos?. ¿Condecorar a Jorge Camet, a Carlos Boloña, a Jaime Quijandría , Efraín Goldemberg? Lean esta noticia publicada en El Comercio el 26 de diciembre, lo menos que puede hacer todo ciudadando honesto es indignarse.




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El Comercio.com.pe /26 de diciembre de 2009




EL ACTO FINAL DE LUIS CARRANZA


MEF condecoró a ex ministros de Economía





El pasado miércoles 16, una vez anunciada la obtención del grado de inversión por parte de la calificadora de riesgo Moody’s, el Ministerio de Economía y Finanzas comenzó a organizar la entrega de la condecoración Hipólito Unanue para todos los ex ministros de esta cartera que pusieron en marcha las políticas que nos permitieron llegar a esta posición privilegiada en el mapa económico mundial.

De la década de los 90 (tiempo en el que se iniciaron las reformas) fueron invitados Carlos Boloña, Jorge Camet y Efraín Goldemberg; mientras que fueron excluidos Víctor Joy Way y Jorge Baca, pues sobre ambos pesan condenas judiciales. Los ministros de Economía del gobierno de Alejandro Toledo también fueron considerados: Pedro Pablo Kuczynski, Jaime Quijandría, Javier Silva Ruete y Fernando Zavala. Del mismo modo, fue incluido Luis Valdivieso, que ocupó el despacho durante este gobierno.

CAMBIO DE PLANES
En principio, la condecoración se fijó para el miércoles 23, pero la intempestiva renuncia de Luis Carranza obligó a alterar los planes.
El presidente Alan García anunció el martes al mediodía el relevo en el MEF como si hubiese sido pedido por el propio Carranza, cuando, en realidad, el ahora ex ministro tenía esta ceremonia en su agenda. Por ello Carranza optó por adelantar la condecoración para ese mismo día, en la sede del MEF, y a dos horas antes de su relevo en Palacio de Gobierno.
...Carranza pidió ser excluido...Valdivieso, actual embajador del Perú en EE.UU. no pudo asistir a la ceremonia ... Tampoco asistió Zavala...

Este acto, el último de Carranza en el MEF, sirvió también como despedida de varios altos funcionarios de dicha cartera.


En memoria de Unanue
La condecoración debe su nombre al primer ministro de esa cartera en la historia republicana: El médico Hipólito Unanue (1755-1833). Él asumió el cargo el 3 de agosto de 1821.








AYUDA MEMORIA



Lean lo que escribió el conocido sociólogo peruano Franciso Durán en su trabajo " Cleptocracia y empresariado en el Perú" ( Nueva Sociedad Nª 194/Nov-dic 2004):

"Durante el gobierno de Fujimori se formó el triángulo del poder en torno a la Presidencia, el servicio de inteligencia y el aparato represivo policial militar (Montesinos) y el Ministro de Economía (JORGE CAMET principalmente). Fue allí donde anidó la corrupción y se generaron enormes rentas, y desde donde se debilitó aún más la calidad insitucional del Estado. El triángulo del poder fue apoyado por los militares, los empresarios, los poderes fácticos externos y el OPUS DEI. En las prácticas rentistas y corruptas del triángulo del poder estuvieron involucrados empresarios que mantuvieron una relaciòn ìntima con los gobernantes"

También existe abundante información nacional e internacional. Por ejemplo lean ésta :











CARETAS
27 de marzo de 2003








Los 6 del Patíbulo
Según la Procuraduría, hay razones de sobra para hallar responsabilidad penal en ex ministros de Economía fujimoristas.









Jorge Camet, Víctor Joy Way y Carlos Boloña.


El Congreso decidió denunciar a todos los ministros de Economía que pasaron por el gobierno de Alberto Fujimori debido a la transferencia de fondos que durante diez años se realizó al Servicio de Inteligencia. Ellos son Juan Carlos Hurtado Miller, Carlos Boloña, Jorge Camet, Javier Baca Campodónico, Efraín Goldenberg y Víctor Joy Way.
El drenaje que el SIN le hizo al Estado tenía dos fuentes principales: las partidas autorizadas por el MEF, conocidas como Reserva 1 y 2, y el dinero que mensualmente enviaban los tres institutos armados y la Policía. En la denuncia constitucional también están incluidos tres ex ministros de Defensa y el propio presidente.











Jorge Baca (prófugo en Argentina). Hurtado Miller (no habido). Al lado; Isaac Goldenberg.


Voces respetadas como la de la ex jefa del gabinete de asesores del MEF en tiempos de Pedro Pablo Kuczynski, Cecilia Blume, se han hecho oír para señalar que las cabezas del MEF no tenían por qué responsabilizarse de este mal uso. Una posición como ésta tiene a su favor que los envíos de dineros similares a R1 y R2 tienen sustento jurídico desde 1964.
Sin embargo, la Procuraduría ad hoc, por su parte, tiene una visión más compleja del tema. La recolección de unos 80 testimonios -entre ellos fueron claves los del "pagador" del SIN, Abel Villalobos, y el ex ministro de Defensa Carlos Bergamino- permitieron establecer que cada "ampliación" se justificaba con resoluciones supremas firmadas mensualmente por el jefe formal del SIN, el primer ministro, el titular del MEF y el presidente de la República. Para asegurar el funcionamiento del sistema, estaban funcionarios de carrera como el ex viceministro Alfredo Jaililie.
Aunque difusa, la responsabilidad podría caber también en el dinero enviado por los institutos armados, pues las direcciones de Economía y Presupuesto de cada uno le pedían autorización al MEF para sus envíos. Se calcula que, entre la modalidad de las Reservas y el dinero de las FF.AA., el SIN recibió unos US$100 millones en diez años. Sólo el 15% se manejó regularmente. El destino del resto lo manejó Vladimiro Montesinos.










SOBRE JAIME QUIJANDRÌA, HE AQUÍ UNA "PERLA" ( QUE LA COMPARTE TAMBIÉN CON PEDRO P. KUCZYNSKI


El “Estudio y Propuesta de Revisión de los Contratos del Gas de Camisea y de los Contratos de Exportación del Gas de Camisea (lotes 88 y 56)" , elaborado por la comisión parlamentaria presidida por José Carlos Carrasco Távara, llegó entre muchas conclusiones a éstas:




6.3 DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES


6.3.2 Existen indicios razonables que determinan que la decisión de no procesar una convocatoria abierta para la contratación del Lote 56 tuvo como único objetivo entregar dicho lote al Consorcio de Camisea, en negociación directa, favoreciéndolo ilegalmente. Esa decisión y su consecuente responsabilidad recaen en las personas de los siguientes funcionarios:


o Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Energía y Minas,


o Juan Miguel Cayo Mata, Viceministro de Energía



o Antonio Cueto Duthúrburu, Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A.,


o Luis Ortigas Cuneo, Director de PERUPETRO S.A.


o José Abramovitz del Mar, Director de PERUPETRO S.A.


o Gustavo Navarro Valdivia, Director de PERUPETRO S.A. y Director General de Hidrocarburos


o Wilfredo Salinas Ruiz-Conejo, Director de PERUPETRO S.A.,



o José Chávez Cáceres, Gerente General de PERUPETRO S.A.


o Jorge Pesantes Escalante, Jefe División Jurídica o Gerente Legal de PERUPETRO


o Irene Rámirez Carrión, Jefe de Oficina de Control Institucional de PERUPETRO


6.3.3 Existen indicios razonables suficientes para atribuir responsabilidad en el falseamiento de la información (delito contra la fe pública y falsedad genérica) respecto a la naturaleza de las reservas del Lote 56, específicamente las del yacimiento Pagoreni, en el que la empresa SHELL descubrió la existencia de Gas Natural, por parte de los siguientes funcionarios públicos



- Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Energía y Minas,


- Juan Miguel Cayo Mata, Viceministro de Energía


- Gustavo Navarro Valdivia, Director General de Hidrocarburos


- Rafael Alfonso Hinope Navarrete, Director de Yacimientos, Transporte Terrestre y Estadística de la Dirección General de Hidrocarburos.



6.3.4 El señor Jaime Quijandría Salmón al haber intercedido ante organismos financieros internacionales para la obtención de financiamiento a favor del Consorcio Camisea, ha contravenido un expreso mandato constitucional (artículo 126° de la Constitución) configurándose el delito de aprovechamiento indebido del cargo, tipificado en el artículo 397° del Código Penal.


6.3.5 Según lo declarado por el señor Antonio Cueto Duthúrburu, la decisión de suscribir el Contrato de Licencia del Lote 56 para un proyecto de Exportación de Gas Natural, fue una “directiva del ministro del sector”, configurándose así el delito de “patrocinio infiel” por parte del señor Jaime Quijandría Sálmón, quien valiéndose de su cargo de Ministro de Energía y Minas interfirió para patrocinar la exportación del Gas del referido Lote 56, delito que está tipificado en el artículo 385° del Código Penal.



6.3.6 Existen indicios razonables para determinar la responsabilidad de los entonces Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, al promulgar el Decreto Supremo N° 0123-2004-EF que otorga indebidamente un beneficio tributario de inafectación de 2 puntos porcentuales en el Impuesto a la Renta, el Contrato del Lote 56, siendo que dicha inafectación aplica sólo a los Contratos de Exploración y Explotación de Gas Natural, y el Contrato del Lote 56 es de Explotación de Hidrocarburos. En el otorgamiento de este beneficio ilegal, participaron los funcionarios:


- Señor Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Energía y Minas.


- Señor Carlos Ferrero Costa, Presidente del Consejo de Ministros.


- Señor Pedro Pablo Kuczynski, Ministro de Economía y Finanzas.



- Funcionarios que resulten responsables en el Ministerio de Energía y Minas y en el Ministerio de Economía y Finanzas, al haber tramitado con opinión favorable, el referido decreto supremo.



Al otorgarse al Contrato del Lote 56 este beneficio tributario se ha incurrido en el ilícito penal tipificado en el artículo 4° de la Ley Penal Tributaria aprobada mediante Decreto Legislativo N° 813, que señala que “La defraudación tributaria será reprimida con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años, cuando: a) Se obtenga exoneraciones o inafectaciones, reintegros, saldos a favor, crédito fiscal, compensaciones, devoluciones, beneficios o incentivos tributarios simulando la existencia de hechos que permitan gozar de los mismos.”