domingo, 25 de diciembre de 2016

CLARA ELVIRA OSPINA, JIMMY CHINCHAY Y LOS PRICIPIOS PERIODISTICOS

Diciembre del 2015, conferencia de prensa del partido Humanista destinada a lanzar la candidatura presidencial de Yehude Simon a la presidencia de la República.

El ambiente del hotel Bolivar de la Plaza San Martín donde se llevará a cabo el lanzamiento, está repleto en su mayoría de simpatizantes del partido Humanista. Me siento en una de las sillas colocadas para el público asistente casi al final del salón y desde ahí veo llegar a los periodistas lo mismo que a Yehude Simon y a su candidata a la vice presidencia Rosa Mavila. Hablan Yehude y la Mavila anunciando sus propuestas de ganar las elecciones, casi las mismas que los candidatos ya lanzados que son para variar un montón. La prensa espera impaciente alguna novedad que no llega y al terminar de hablar Yehude Simon algunos periodistas comienzan a lanzar sus preguntas cuando ya la mayoría del público, se encuentra circulando por el ambiente del hotel en busca de algunos bocaditos y el vino prometido.

En esas circunstancias, alguien se me acerca y me avisa que un periodista de Canal N le está preguntando a Yehude Simon por mi posible candidatura al Congreso, pero la pregunta sin fundamento alguno, ya que nadie había mencionado y menos yo, mi candidatura, fue hecho más o menos en éstos términos: “Es verdad que Ernesto Gamarra que recibió dinero de Montesinos en el Servicio de Inteligencia Nacional, será candidato al Congreso?”.

Llegó en el momento en que ya Rosa Mavila adelantándose a Yehude Simon, respondía que de ninguna manera yo sería candidato, ya que ellos no estaban vinculados a la corrupción. Mientas Yehude balbuceaba alguna respuesta, yo le digo al periodista de Canal N llamado Jimmy Chinchay: “Si quieres saber algo sobre mí, pregúntamelo” Chinchay voltea y hace voltear a su camarógrafo y me hace la misma pregunta: “ Usted será candidato al congreso?” Le respondí que yo no tenía impedimento legal alguno para ser candidato a lo que sin que pudiera terminar de contestarle, añadió: “Pero usted recibió dinero de Vladimiro Montesinos en el Servicio de Inteligencia Nacional” Luego de aclararle que no era cierto lo que él decía, y de pedirle que se informara antes de hacer esa afirmación, me respondió mortificado: “pero usted fue juzgado por corrupción”, no tenía sentido que siguiera el diálogo, con una persona que preguntaba algo sin siquiera conocer lo que afirmaba y que a todas luces, obedecía a algún encargo de quien posiblemente preocupado porque yo fuera candidato, podía significar un obstáculo en su elección al congreso.

Me retiré del hotel Bolivar, mortificado y cuando apenas salía, recibí una llamada de Yehude preocupado por lo sucedido en la conferencia de prensa. Le volví a decir lo que antes le había dicho cuando él insistió en que yo fuera candidato al Congreso, en sentido de que había muchas personas que se sentirían incomodas con mi candidatura y que era mejor que no lo fuera. Especulé con algunos nombres de quienes podrían haber preparado la pregunta que Chinchay formuló, al haberlos yo mismo escuchado, instantes antes de que yo le enrostrara al periodista su pregunta, dictarle la respuesta a Rosa Mavila.

Esa noche Canal N pasó la entrevista editada y añadiéndole pasajes del video en donde yo aparezco recibiendo tres mil dólares de Luis Venero, hermano de Alberto Venero que era uno de los testaferros de Montesinos, para ayuda en una campaña municipal y que sin prueba alguna sirvió para que tres vocales corruptos, luego expulsados del Poder Judicial, me condenaran.

No fui candidato, Yehude Simon tampoco, pero igual pasé un mal rato gracias o a la poca preparación de un periodista o su mala intención, no lo sé, ni me interesa saberlo.

Hace unas semanas al ser entrevistada la periodista Clara Elvira Ospina, jefa del periodista Chinchay en canal N, al responder una pregunta sobre la labor de la prensa dijo lo siguiente: “Tienes que ser leal con la verdad y con los hechos”, lo que me animó a enviarle un ejemplar de mi libro en donde minuciosamente cuento todo mi proceso y lo injusto de mi condena, con el fin de que a sus periodistas los instruya en ese principio que ella enarbola “Tienes que ser leal con la verdad y con los hechos”. Nunca me respondió.

viernes, 23 de diciembre de 2016

Los Defensores de los Derechos Humanos

Extracto del libro "La Trampa" de Ernesto Gamarra. Presentado en la feria del libro 2016.



Y LOS DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS?

Yo había conseguido, con justicia, el beneficio de la semilibertad. Me la había concedido, en el mes de diciembre del año 2003, la Vocalía Suprema de Instrucción a cargo del magistrado Victoriano Quintanilla. Lo había hecho en estricta aplicación de la ley. Previamente, el referido vocal había efectuado la consulta al Fiscal Supremo Penal Percy Peñaranda Portugal, cuya opinión había sido positiva.

Meses antes, el gobierno había promulgado la Ley 27770, modificatoria de los beneficios penitenciarios, de los cuales la semilibertad es uno de ellos. La modificación consistía, en que ya no podían obtener la semilibertad los condenados por delitos de corrupción de funcionarios al cumplir un tercio de la condena porque, desde ese momento, tenían que cubrir dos tercios de la condena para obtener ese beneficio.

La medida encerraba la clara intención de impedir la libertad de determinadas personas; y como quiera que los jueces, erróneamente y contra todo principio constitucional y democrático, interpretaban que dicha ley no podía aplicarse retroactivamente, el gobierno, por medio del ministro de justicia, solicitó al Tribunal Constitucional que formulara una cabal interpretación.

Dicho Tribunal —que meses antes, en el caso de un narcotraficante, había interpretado que las leyes referidas a beneficios penitenciarios no podía aplicarse retroactivamente— resolvió extrañamente para el caso de la flamante Ley 27770, que sí debiera aplicarse retroactivamente. De este modo colisionaba con el artículo 103º de la Constitución, por contrariar decisiones de tribunales internacionales y opiniones de destacados juristas.

La sentencia interpretativa de la Ley 27770 fue emitida por el Tribunal Constitucional en enero del 2004. Un mes antes, el Vocal Quintanilla ya había resuelto a favor de mi pedido de semilibertad, interpretando que la mencionada ley no podía aplicarse retroactivamente, como ya lo habían hecho anteriormente tanto él como otros jueces en procesos similares.

Fue recién, en mi caso, que la Sala Penal Especial de la Corte Suprema se pronuncia confirmando la sentencia precedente. Dicha Sala estaba integrada por los vocales Pajares, Molina y Huamaní. Para fundamentar la aplicación retroactiva de la ley, los miembros del Tribunal Constitucional, recurren a citas de tratadistas alemanes cuyos libros ni siquiera habían sido traducidos al español.

Cuando los procuradores objetaron la resolución del Vocal y de la Sala Penal Especial, por la que se me había concedido la libertad, no se refirieron para nada a una indebida interpretación de la Ley 27770 y recurrieron a otra tinterillada. Como quiera que para el beneficio de la semilibertad, era el Instituto Nacional Penitenciario, encargado de las cárceles, el único facultado para emitir un informe sobre el tiempo de mi detención y el cumplimiento de otras condiciones, maliciosamente se encargó al segundo vice Presidente del mismo instituto, José Robles Campbell que elaborara un informe contrario al que ya había sido expedido y presentado. Entonces, Robles Campbell, sin tener atribuciones para ello, elaboró el nuevo informe en el que desautorizaba al anterior que había servido de base para mi libertad. Licenciosamente se permitió sostener que en el anterior informe se había efectuado un mal cálculo del tiempo de mi permanencia en el Penal de San Jorge. Hasta se atrevió a sostener que debieron consignar como días efectivos de prisión, los días de visita, los domingos y feriados, los días de diligencias judiciales y los días en que me había visitado mi abogado.

Pero yo nunca había recibido visitas mientras estuve en prisión, lo que estaba totalmente probado y comprobado; solo se habían celebrado dos diligencias judiciales, de apenas una hora de duración, y no se descontaban los domingos y feriados, según el propio reglamento del Instituto. En consecuencia, el informe de Robles, a quien por lo demás no le competía tal función, era totalmente irregular. Lo inesperado fue que, portando dicho írrito informe, los procuradores, acompañados de Vargas Valdivia, se presentaron a pedirle a la Sala Penal Especial que anulara mi libertad. La obediente Sala, otorgando crédito al último informe del inefable Robles, la anuló y ordenó mi inmediata detención.

No me entregué. Al contrario, tuve que esconderme y en esas circunstancias recurrí a la Sala Permanente de la Corte Suprema con la esperanza de que descubriera la trama del informe falso. La Sala, estaba integrada por los vocales supremos Walter Vásquez Bejarano, Javier Villa Stein, Robinson Gonzales Campos, César Vega Vega y Raúl Valdez Roca, tres de los cuales habían sido miembros de la sala que confirmó mi sentencia condenatoria. Por lo tanto, no tenía muchas esperanzas de salir airoso en el nuevo trance. Pero esta vez, ¡oh sorpresa!, confirmaron mi semilibertad y, además, denunciaron penalmente a Robles Campbell quien, en la investigación practicada en el juzgado, sostuvo que había elaborado el informe en cuestión a pedido de un ministro de mucho peso en el gabinete del Presidente Toledo.

El octavo considerando de la resolución de la Sala presidida por Vásquez Bejarano decía así:

Que como quiera que el informe técnico del que se vale el señor procurador público adjunto ad-hoc y que sirvió de fundamento al pronunciamiento de la sala penal especial, que anuló la semilibertad, además de ilegal conforme a los considerandos precedentes podría implicar un ilícito penal, es menester que de ello tome conocimiento el ministerio público para los fines consiguientes.

Robles Campbell, poco tiempo después y por razones desconocidas, se suicidó. Nunca sentí rencor por lo que había hecho. Lo hizo —tal como he mencionado y tal como él mismo se lo relató a sus amigos cercanos— por presiones, cediendo a ellas posiblemente para conservar su puesto.

Nadie se ocupó del escandaloso proceder de los procuradores, que estaban conscientes de la falsedad con que actuaron en el informe anterior al de apelación. Sin embargo, pretendieron utilizarlo para enviarme a prisión. Así, me obligaron a permanecer en la clandestinidad durante casi seis meses, etapa en la que debí cambiar de escondite con frecuencia.

Pero si hubo alguien que se ocupó de mi caso, pero no precisamente para reclamar justicia, fue el Instituto de Defensa Legal, el conocido IDL, el cual ha realizado interesantes y valiosas campañas en pro de la justicia pero que, en mi caso, hizo todo lo contrario. De la Jara y Lobatón, jerarcas de dicho Instituto, además de haberse quedado mudos frente al atropello del que yo era víctima por una sentencia que me condenó sin prueba alguna, publicaron un calumnioso informe a favor de una lista de fallos cuestionables del Vocal Supremo Robinson Rodríguez Campos, en el que incluían el de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que él integraba, y que fue la que había declarado, sin efecto, la resolución que anuló mi semilibertad.

El 11 de julio del 2005 publicaron un informe al que denominaron “Diez fallos cuestionables del vocal supremo Robinson Gonzales Campos”. El referido a mí, les parecía cuestionable porque, según ellos, no debía aplicarse retroactivamente la Ley 27770. Les importaba un comino, la utilización del falso informe del INPE. Reprobaban que Rodríguez Robinson hubiera participado con otros cuatro vocales en anular una resolución basada en un documento falsificado, pero ellos, no decían nada sobre que el vocal Rodríguez Robinson, como integrante de una Sala de la Corte Suprema era el que me había condenado en el año 2003, basado en una prueba inexistente.

Como quiera que periódicamente volvían a publicar su informe, en setiembre del 2011, con ocasión de haber sido difundido en el diario El Comercio, envié una carta notarial en la que les acompañaba la sentencia que ellos consideraban “cuestionable”, en la que efectivamente participa Robinson Rodríguez Campos, uno más de los cinco vocales integrantes de la Sala Permanente de la Corte Suprema. No era el Presidente de la sala, ni ponente del caso.

De la Jara y Lobatón me respondieron que no se habían preocupado en ver el tema del informe falso, sino la no aplicación de la Ley 27770 que, según ellos, debía aplicarse retroactivamente. Acusaban solo a Robinson Gonzales de haberme favorecido. Nada decían de los otros vocales, insinuando que un solo vocal habría dictado la resolución.

La apelación de los procuradores, por su parte, se sustentaba como hemos dicho, en el nuevo informe que se había mandado fabricar. El recurso de los procuradores, para nada hacía referencia respecto de la aplicación de la Ley 27770. Por lo tanto, tampoco la resolución de la sala se ocupaba del tema.

Sin embargo, en su carta de respuesta, De la Jara y Lobatón mentían descaradamente al afirmar que “La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, sentó lamentable precedente con la indebida aplicación de criterios para otorgar beneficios penitenciarios.” Se referían sólo a mi caso, sin reparar en los fallos por los que esa sala y otras habían resuelto en forma similar en por lo menos cinco casos anteriores. Aquellos asuntos para ellos no habían establecido precedentes lamentables, sólo lo era mi caso por la participación de Robinson Gonzales.

El IDL conocía todos los anteriores. Yo se los había mencionado en mi carta con pelos y señales, números de expedientes, las personas de las que se trataba y las fechas; incluso las semilibertades otorgadas en dichos procesos, dispuestas por otro vocal instructor.

Se trataba, pues, de mentirosos contumaces, ya que sostenían que debía haberse tenido en cuenta la sentencia del Tribunal Constitucional dictada en el expediente N° 2196-2002- HC/TC y publicada en enero del año 2004, y no haberla tenido en cuenta e ignorarla constituía un hecho grave.

No era posible considerar en ese momento, 4 de diciembre del 2003, fecha de la resolución del vocal Quintanilla, una sentencia, dictada y publicada un mes después. Esto además de risible revela irresponsabilidad profesional.

Debo hacer mención a otra parte del informe De la Jara-Lobatón, señalado en su carta notarial de respuesta. Dice en uno de sus párrafos:

“La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema considera incluso que el informe Técnico del INPE del que se vale la procuraduría podría implicar un ilícito penal, por lo que ordena comunicar esto al Ministerio Público para que realice las investigaciones correspondientes.”

¡Claro que era un delito! ¡Un funcionario que no tenía facultades para hacerlo elaboró un informe falso, incluyendo datos adulterados y apelando a dispositivos inexistentes! De la Jara y Lobatón pretenden que los jueces que conocen del caso, se queden callados. ¿Esto se puede considerar Defensa Legal?; o más bien podríamos hablar de “Complicidad Legal”.

Como respuesta a dicha carta del 10 de octubre del 2011, el 24 de ese mismo mes y año les cité abundante jurisprudencia nacional e internacional y sustenté las razones por las que la Ley 27770 no podía aplicarse retroactivamente. El Colegio de Abogados de Lima había emitido un informe sosteniendo que así lo establecía la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo, cuando en el Congreso se discutió la referida ley, el Presidente de la Comisión de Justicia, congresista Daniel Estrada, al ser consultado por otro congresista sobre si dicha ley se aplicaría retroactivamente, contestó negativamente. Pero el IDL insistía.

Por ello —y como una de las fuentes de su financiamiento es el USAID, dependencia del gobierno norteamericano— les recordé la sentencia de la Corte Suprema de Estados Unidos, dictada en el caso Collins vs. Youngblood, en la que se estableció que la irretroactividad comprende a todas las leyes penales, sean sustantivas o procesales.

Les recordé, asimismo que —en el año 2002, en el expediente 804-2002, referido al caso de un sentenciado por narcotráfico al que le quisieron reducir los beneficios penitenciarios— el Tribunal Constitucional se había opuesto a su aplicación retroactiva, incluso para el caso de una ley procesal. Sobre ello, De La Jara y Lobatón, no dijeron nada. El aspecto más importante que soslayaban de la sentencia del Tribunal Constitucional, por su inconveniencia para ellos, era:

[…] cabe afirmar de conformidad con la normatividad constitucional citada anteriormente, que, si una nueva norma procesal como la ley 26320 resultaba menos ventajosa que la ley anterior en lo que respecta a la aplicación del beneficio penitenciario de la semilibertad, no puede tener efecto retroactivo por su carácter evidentemente perjudicial.

Según el criterio de De la Jara y Alva Orlandini, Presidente del Tribunal, Constitucional, al tiempo en el que fue dictada la sentencia contra los narcotraficantes no era posible recortarles los beneficios penitenciarios, pero sí a los demás. Desde luego, los jueces tenían que obedecer la sentencia a pie juntillas, expedida un año después.

viernes, 22 de abril de 2016

ALGO SE PUDRE EN ESSALUD

ESALUD cuenta con equipos de medicina nuclear para el tratamiento del cáncer y material radiactivo para el mismo propósito, medicina que compra en el extranjero a muy alto precio, para atender a los asegurados que tienen la desgracia de padecer ésta terrible enfermedad.

Pero resulta que quienes solicitan atención por dicha razón, no son atendidos de inmediato, sino se postergan sus citas a veces por meses. Que explicación tiene esto, si se supone que ESSALUD, compra permanentemente el material radiactivo para el tratamiento de cada uno de los tipos de cáncer que se presentan?

La razón no puede ser más indignante. Resulta que llega el material radiactivo al segundo piso de un local donde funciona Medicina Nuclear, cerca del Hospital Almenara, ex Hospital Obrero embalado en cajas de madera y luego de que el personal de ESSALUD procede a clasificarlo es guardado a la espera del requerimiento respectivo. Pero eso no sucede, muy temprano en la mañana, llega un tecnólogo médico de la institución, que con el pretexto de bañarse, aprovechando que tiene llaves de todo el local saca el material y se lo entrega a una persona que lo espera en la puerta distribuirlo, luego de lo cual se encarga de distribuirlo.

Los envases que contienen las sustancias radiactivas, son diminutos, lo que permite que puedan ser sacados y escondidos entre los bolsillos del tecnólogo médico y también de su contacto. Ese material que al seguro le ha costado miles de dólares, es llevado a los locales de 2 empresas de propiedad de médicos de ESSALUD que brindan también el tratamiento contra el cáncer y donde cobran cinco veces más de lo que podría cobrarle la institución de la seguridad social de los peruanos.

Pero no es una sola empresa la favorecida, hay clínicas privadas que también compran ese material robado y lo usan para realizar los exámenes. En una de ellas el departamento de medicina nuclear está concesionado a un médico de ESSALUD.

Esos médicos no solo distribuyen y usan los insumos que compra ESSALUD, sino que incluso llevan a sus pacientes que no son asegurados a las instalaciones del Hospital del seguro en donde ya no solo usan el material radiactivo sino incluso los equipos.

Las auditorías que se realizan no descubren los robos, porque aparte de no ser minuciosas, son burladas al utilizar de los frascos conteniendo el material radiactivo, solo la primera toma en un paciente asegurado y el resto, (tres tomas) en los pacientes que llevan estos médicos ladrones. Haciendo figurar como si en el asegurado se hubiera utilizado el integro. Dicho sea de paso, el encargado del control es precisamente el tecnólogo que con el pretexto de bañarse en el local de medicina nuclear se pericotea los remedios.

Deberían utilizarse detectores de material radiactivo a fin de descubrir a quienes sacan los frascos por los que ESSALUD paga entre mil y 5 mil dólares por cada uno y que en cada robo puede llevarse una sola persona, 7 u 8 sin que nadie lo controle.

Pero como la importación de estos medicamentos radiactivos, requiere permiso del Instituto Peruano de Energía Nuclear IPEN, bastaría con comprobar que las clínicas que los vienen usando no tienen autorización alguna lo que demostraría su origen ilícito.

Los culpables deben ser denunciados y procesados. El delito que cometen al impedir la curación de personas con enfermedades terminales, que podrían ser salvadas si son atendidas a tiempo, es el de homicidio.

domingo, 6 de marzo de 2016

ALCALDES LADRONES - JUSTICIA POPULAR

El Decreto Supremo N° 025-2007-PCM del 21 de marzo del año 2007, se promulga atendiendo una recomendación del entonces Ministro de Economía y Finanzas Luis Carranza y a fin de ordenar el caos que existía sobre los montos de los sueldos de los alcaldes y las dietas de los regidores municipales. Dispuso por tanto ésta norma, que los sueldos de las autoridades municipales (Alcaldes), estuvieran en función de la población electoral y las dietas de los regidores en relación con dichos sueldos. Esto significaba que el número de habitantes de una Provincia o distrito era lo que determinaría lo que debían ganar sus autoridades municipales y se encargaba fijarlo dentro de los parámetros de un cuadro que era anexo del citado Decreto Supremo al Concejo Municipal.

Pero no todos cumplieron la ley y ante reclamos de vecinos e incluso de regidores, la Contraloría General de la República entre los años 2007 y 2014 realizó acciones de control a fin de determinar quiénes no estaban cumpliendo con lo dispuesto por el Decreto Supremo 025-2007-PCP. Luego de dicha Acción de Control emitió un informe que comprendía un examen a 147 de las más de 1800 municipalidades de todo el país. Entre ellas municipalidades tanto provinciales como distritales, comprobando, que en 119 de las 147, no se había dado cumplimiento a la norma sobre las remuneraciones y se había ocasionado un perjuicio al Estado por un monto de S/ 56’137,427.86 nuevos soles.

Ojo, que este perjuicio económico determinado por la Contraloría, sólo está referido a lo siguiente:

1.-“Irregular pago de bonificaciones, incentivos económicos e incremento de remuneraciones a favor de funcionarios” y 
2.- Pago en exceso de remuneración del alcalde y dietas a los regidores”.

No comprende en consecuencia el perjuicio que se hubiera ocasionado por obras no realizadas o realizadas a medias por las municipalidades. No comprendía otros rubros del presupuesto municipal.

Del referido informe de la Contraloría General de la República, comprobamos que hay casi un empate entre las municipalidades provinciales y las distritales cuando se trata de incrementarse los sueldos, las dietas y repartirse bonificaciones, gratificaciones y aguinaldos. De un total de 147 examinadas por la Contraloría, 77 son municipalidades distritales y 70 provinciales y de ese total de 147 examinadas en 119 se encontraron que habían perjudicado al Estado.

Las 147 municipalidades examinadas representan el 7% del total de municipalidades en el Perú que suman 1,842, lo que significa que la Contraloría ni siquiera llegó a examinar el 10% del total de municipios en cuanto al tema de sueldos.

En 119 de esas 147 se encontraron irregularidades lo que representa el 80% de las municipalidades examinadas, solo el 20% de municipalidades pasaron el examen sin comprobarse que se había causado perjuicio al Estado por pagos en exceso.

Si se hiciera el mismo examen a todas las municipalidades del Perú es decir en las 1,842 y no sólo al 7% de ellas y asumiendo que el porcentaje de municipalidades que no cumplen con la ley en cuanto al pago de remuneraciones, dietas y gratificaciones, fuera el mismo es decir 80%, la cifra del perjuicio causado al Estado podría superar los setecientos millones de soles.

Esta tarea de examinar las cuentas de todas las municipalidades, no estamos seguros si la Contraloría General de la República pudiera llevará a cabo.

Los más de 56 millones de soles de perjuicio para el Estado, ocasionados por el 7% de las municipalidades abarcan periodos distintos, pero que no van más allá de los 4 años en sólo algunos casos que son los menos. En algunas municipalidades, el periodo examinado cubre del año 2010 al año 2012, en otras del año 2004 al año 2006 e incluso otras en apenas poco más de un año del primero de enero del 2011 al 31 de diciembre del 2012.

Las cifras millonarias de éste despilfarro por llamarlo benévolamente, porque en realidad podría tratarse de un delito, bien podrían haber sido utilizadas en favor de la construcción de obras en los diferentes pueblos, cuyas autoridades han preferido ingresarlas a sus bolsillos antes que pensar en el desarrollo y beneficio de quienes los eligieron precisamente para realizar obras en beneficio de sus electores.



LOS CASOS MÁS GRAVES. 

No se vaya a pensar que cuanto más presupuesto tiene una municipalidad o mayor número de habitantes, es mayor el despilfarro. Resulta que hay casos de distritos con míseros presupuestos y que apenas tienen 5 o 6 mil habitantes y lo destinado a “Incremento irregular de remuneraciones, aguinaldos y bonificaciones a funcionarios de confianza” llega a cifras millonarias.

A continuación el detalle de algunos de los casos en donde se ha despilfarrado más recursos municipales y los supuestos responsables de tales hechos.

El distrito de Chilca en la Provincia de Huancayo, región Junín del 1 de enero del 2010 al 31 de diciembre del 2012 cuando era alcalde Abraham Carrasco Talavera del partido “Fuerza 2011” dispuso de S/. 1’220,425.67 para incrementar las remuneraciones de sus funcionarios de confianza y además pagar aguinaldos. Lo más probable es que los funcionarios “de confianza” beneficiados, hayan llegado con él a la alcaldía y se hayan también alejado de la misma, cuando dejó de ser alcalde.

La Provincia de Satipo también en la región Junín, incrementó los aguinaldos del alcalde, la dieta de regidores y funcionarios de confianza hasta alcanzar la cifra de S/ 1’464,607.02 en apenas un año y 4 meses del primero de enero del 2012 al 30 de julio del 2013 siendo alcalde César Merea Tello también de “Fuerza 2011” chiclayano de nacimiento y militar de profesión lo que no impidió que hiciera de las suyas en un lugar tan distante de donde era originario.

La provincia de Huamanga provincia de la región Ayacucho que tanto sufrió con el fenómeno del terrorismo, también ha sido víctima del despilfarro municipal. En año y medio de enero del 2012 a agosto del 2013 en incremento de remuneraciones y aguinaldos a funcionarios de confianza se ha gastado S/. 1’238,642.55. Esos incrementos han sido considerados irregulares y quien los otorgó es el alcalde o mejor dicho ex alcalde Amilcar Huancahuari Tueros, del Movimiento Regional “Todos por Ayacucho”, que más bien debió llamarse “Huamanga para los funcionarios de confianza”. Quien además ha sido sentenciado a dos años de prisión suspendida por el delito de Peculado de Uso al destinar maquinaria de la municipalidad para realizar obras en un predio de su propiedad.

El distrito de Manatay en la provincia de Coronel Portillo región Ucayali derrochó en un año en bonificaciones e incremento de remuneración del alcalde y dietas de regidores S/ 1’675,210.00 nuevos soles. Su alcalde Guillermo Cornelio Chino Mori que se presentó a la última elección como candidato del partido “Vamos Perú” perjudicó a su municipio en el lapso de un año (2011-2012) no sólo con la cifra mencionada sino que también añadió a su gestión una condena por 4 años (suspendida) por el delito de Corrupción de Funcionarios al adquirir para la municipalidad un local sobrevaluado. Vamos Perú es el partido del alcalde del Callao Juan Sotomayor que ahora se presenta como candidato a la presidencia.

En la municipalidad distrital de San Sebastián provincia del Cusco el pago en exceso de las remuneraciones del alcalde y la dieta de los regidores de enero del 2009 a diciembre del 2010 alcanzó la cifra de 1’331,949.00. Sus autoridades elegidas por el pueblo las encabezaba como alcalde Julián Incaroca del Partido Nacionalista, el mismo al que pertenece el presidente Ollanta Humala. Pero parece que hay más que el millón trescientos mil. Hace unos meses, un fiscal incautó bienes a la madre del citado alcalde acusándola de enriquecimiento ilícito, ya que de vendedora en el mercado con ingresos de 300 soles mensuales había adquirido bienes por varios miles de dólares. El fiscal ha considerado que su hijo la utilizó de testaferra. 

Municipalidad Provincial de Canchis, cuya capital es Sicuani en la región Cusco. Casi un millón cuatrocientos mil soles en pago de bonificaciones, incremento de remuneraciones a funcionarios y sueldo del alcalde y dietas de regidores entre los años 2010 y 2011. Esos años corresponde la gestión a dos alcaldes uno del partido UPP y el otro del movimiento regional PAN el primero de ellos Mario Velásquez Roque y el segundo Ricardo Yuri Cornejo Sánchez, quienes ya habían sido alcaldes elegidos por diferentes partidos o movimientos cada vez, incluso la primera vez que Velásquez salió elegido postuló en las filas de Izquierda Unida.

Para variar. Ricardo Yuri Cornejo Sánchez ha sido denunciado por la Contraloría y el Ministerio Público por los delitos de Concusión, Abuso de Autoridad, Negociación Incompatible, colusión desleal agravada y Asociación Ilícita para delinquir en agravio de la municipalidad provincial de Canchis. Se puso de acuerdo con el propietario de un terreno para comprárselo sobrevaluado y quien pagó fue la municipalidad. 

Municipalidad Provincial de San Román – Juliaca región Puno en el periodo sólo del año 2012, entre dietas a regidores, sueldo del alcalde y aguinaldos a funcionarios despilfarraron un millón setecientos setenta tres mil quinientos ochenta i ocho soles, ya que no correspondiendo dichos pagos, igual los hicieron violando la ley. Esta municipalidad que está en una zona pobre del Perú, sólo ejecutó el año pasado el 25% de su presupuesto, no tienen capacidad para realizar obras, pero le sobre capacidad para repartirse ese dinero que debió servir para la obras. 

David Mamani Paricahua era el alcalde el año 2012 y tampoco se libra de las denuncias. Un comité de defensa lo acusa de haber adquirido propiedades en Ica y Lima, el actual alcalde también lo ha denunciado y pertenece o por lo menos llegó al municipio como representante del partido Siempre Unidos de propiedad de Felipe Castillo quien como alcalde del distrito de Los Olivos en Lima fuera también varias veces denunciado. 

Municipalidad distrital de Pocollay en Tacna, gastó o mejor dicho utilizó para incrementarlos beneficios económicos a funcionarios de confianza entre el 2011 y 2012 un total de S/. 613,814.00, cuando su alcalde era Luis Ayca Cuadros del Movimiento Político Regional Siempre Tacna, a quien sus vecinos no parecen querer mucho, lo mismo que los integrantes del Ministerio Público. Los vecinos, lo acusaron de haber derrochado más de 4 millones en un sistema de seguridad que no sirve para nada y la fiscalía, lo investiga por el delito de Peculado de Uso ya que la cisterna de la municipalidad la usaba para proveer de agua su bodega “Viñedos de Baco” lo mismo que su chacra, mientras poblaciones enteras carecen de agua. Han hecho circular videos de cuando ejercía Ayca la alcaldía celebrando mismo “Petrojuergas” con las secretarias de la municipalidad.

La Municipalidad distrital de Coronel Gregorio Albarracin Lanchipa en Tacna durante el periodo 2007-2011 cuando era alcalde Tito Zúñiga Castro pagó irregularmente al alcalde y funcionarios de confianza, más dietas de regidores e incremento a funcionarios un total de tres millones 941,913,68. En realidad a Zúñiga no se le puede atribuir toda las responsabilidad ya que el remplazó al alcalde elegido Víctor Napoleón Cabrera Zolla cuando éste decidió postular al gobierno regional, de tal manera que hay que repartirse los montos pagados indebidamente. Su partido era un Frente Regional “Unidos por Tacna” y recién ahora sabemos para que estaban realmente unidos.

Pues Tito Zúñiga como Víctor Cabrera tienen hartas denuncias. Al primero lo persigue el procurador de la Municipalidad por corrupción de funcionarios, peculado doloso, negociación incmpatible, falsedad ideológica, falsificación y colusión desleal y no vayan a pesar que por los incrementos de sueldos y dietas, sino por obras irregulares en pistas y veredas. Cabrera ha sido incluso investigado por la muerte de un empresario que denunció irregularidades en las obras de ese municipio.

Municipalidad Distrital de Ilabaya provincia de Jorge Basadre en Tacna con apenas 5 mil habitantes, esta municipalidad o mejor dicho su alcalde en 4 años ( 2007, 2008, 2009 y 2010) generó un perjuicio económico a esa comuna por S/ 2’146,722.15, para pagarle aumentos a sus funcionarios.

Manuel Raúl Oviedo Palacios varias veces alcalde y cada una por diferentes movimientos el último “Por el Progreso Illabaya”, es el generoso que en lugar de pensar en las 8 comunidades campesinas que forman parte de su distrito o los 9 caseríos en extrema pobreza, pensó en los sueldos, las dietas y las bonificaciones.

La fiscalía mixta de Jorge Basadre, algo había descubierto y denunció al alcalde junto a 2 funcionarios de cobro de viáticos para viajar a lugares que nunca fueron, pero el fiscal se quedó corto, lo acusa por el cobro indebido de 50 mil soles, cuando lo cobrado descubierto por la Contraloría es de más de 2 millones de soles. Ahora Oviedo es alcalde Provincial de la Provincia de Jorge Basadre saltó del distrito a la provincia.

Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva provincia de Tacna 1’893,283.24 además de gratificaciones por fiestas patrias y navidad al alcalde, gratificaciones a funcionarios del 2011 al 2012. El alcalde tan generoso Hugo Mita Alanoca del movimiento Independiente Juntos por el Cambio quien juramentó en el idioma Aymara, pero a la hora de los pagos y obras, no pensó es sus hermanos que padecen de tantas carencias.

Además de estos casi 2 millones de soles, se le ha acusado de realizar obras de manera irregular y las acusaciones vienen tanto de los actuales regidores como del ministerio público razón por la cual debe haberse pasado de copas hace unos días cuando fue detenido por la policía manejando en estado de ebriedad.

Municipalidad Provincial de Tacna. Como podía quedarse atrás la ciudad principal si los distritos hacían de las suyas y para dar el ejemplo del 2007 al 2010 se pagó irregularmente beneficios económicos derivados de negociaciones bilaterales a funcionarios y servidores directivos 3’444,689.00 soles 

Luis Torres Robledo del partido “Nueva Mayoría” era el alcalde en ese periodo, como lo había sido antes y lo es actualmente. 213 denuncias de ellas 76 continúan en investigación y las primeras datan del año 1999. Más de 100 han sido archivadas por prescripción, por acuerdos extrajudiciales o abandono. Concusión, Colusión desleal, abuso de autoridad son entre otros los delitos de los que es acusado. Entre los denunciantes se encuentran el procurador anticorrupción y la contraloría por contratos irregulares.

Municipalidad Provincial de Cañete en la Región Lima. En el periodo comprendido entre el año 2009 y el 2012 se han efectuado pagos irregulares de beneficios económicos al alcalde, funcionarios de confianza, incremento sueldo del alcalde y dietas a regidores por 1’843,026.16 soles. Ese es el monto del perjuicio económico causado por la administración municipal. 

Tres alcaldes compartirían la responsabilidad y todos ellos del partido “Patria Joven”. El año 2007 sale elegido Javier Alvarado Gonzáles del Valle, quien luego deja la alcaldía para postular al gobierno regional en donde también salió elegido. Lo sucede por poco tiempo José Espinoza y Peña y el 2011 sale electa María Montoya Conde.

Javier Alvarado quien sería el principal responsable del reparto de sueldos y dietas, tienen una gran cantidad de denuncias en particular por su gestión como presidente (hoy gobernador) regional, aunque también de su época de alcalde y lo que es peor, antes de ser alcalde de Cañete lo fue de un distrito de Cañete Lunahuana y en esa gestión arrastra una grave denuncia que incluye el pago a una empresa por un millón y medio de soles por un supuesto servicio de fiscalización tributaria. Por supuesto que su sucesor José Espinoza Peña también tienen otras tantas denuncias.

Municipalidad distrital de San Isidro en Lima.- Podría titularse la telenovela “Los ricos también roban”, en el informe de Contraloría se menciona el caso de éste municipio que entre el año 2004 y el 2006 con un perjuicio en agravio del Estado de 1’545,023.35 soles pago de dietas en exceso a los regidores en esos años y pagos en exceso al ex alcalde. 

EL alcalde en esos años era Jorge Salmón Jordán y no sabemos si una de las 26 denuncias que ha tenido, está referida a éste tema. 

QUE HACER? 

1.- SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MUNICIPALIDADES O CONTRALORIA ESPECIALIZADA EN MUNICIPALIDADES. Es decir creación de un organismo en el que tengan activa participación los vecinos. Gozando dicha entidad de atribuciones como las que hoy tiene la Contraloría, que incluso puede suspender funcionarios. 

Es evidente que la Contraloría General de la República, no se da abasto para examinar o auditar a las municipalidades, lo que obliga a crear un organismo especialmente dedicado a esa tarea, que podría y debiera trabajar estrechamente vinculado a la Contraloría. Sus funciones podrían ser la de elaborar informes y la Contraloría encargarse de las sanciones y acciones que correspondan.

2.- OTRA CAUSAL DE VACANCIA- Pagos como los comentados podrían ser incorporados como una causal específica para declarar la vacancia ya sea al alcalde como a los regidores. 

De ésta manera se modificaría el artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades agregándose a las 10 causales de vacancia una onceava que diga efectuar pagos de remuneraciones y/o dietas por encima de lo señalado por la ley.

3.- CONGELAR LAS CUENTAS en aquellas municipalidades en donde se compruebe que no se está respetando la normatividad sobre sueldos, remuneraciones, gratificaciones permitiendo sólo que puedan gastar en determinadas cosas. Por ejemplo no autorizar el pago de sueldo de alcalde ni dietas de regidores hasta que no se devuelva lo indebidamente cobrado.

4.- ESTABLECIMIENTO DE GARANTÍAS.- Una vez conocidos los resultados electorales de manera oficial, los elegidos tanto alcaldes como regidores tendrían que otorgar una garantía por un monto mínimo, que podría ser la suma de las remuneraciones que recibirían en el tiempo que les corresponde estar en el cargo. Podría ser de naturaleza bancaria, hipotecaria o con otros bienes.

5.- PROHIBIR DELEGAR FUNCIONES.- Una práctica muy común en las municipalidades, es la de delegar funciones y atribuciones. El alcalde delega en gerentes dichas funciones y atribuciones y cuando se comprueba una irregularidad, el alcalde se siente exonerado de toda responsabilidad y en muchos casos las autoridades judiciales han amparado dicha exoneración de culpa.

COMO RECUPERAR ESOS MILLONES.,- Lo más probable es que nunca se recuperen. Ya los beneficiados se lo gastaron y muchos no son funcionarios públicos. Los proceso civiles en contra de ellos para el cobro, o no han comenzado o si lo han hecho, no tienen como cobrar ya que no tienen bienes a su nombre.

Y la Asociación de Municipalidades del Perú-AMPE que bien podría haber colaborado en el control y cumplimiento de la ley, poco ha servido para tal efecto. Su presidente recién elegido ha anunciado que lucharan y velaran por los derechos municipales a fin de no sufrir atropellos ni recortes presupuestales habiendo pedido incluso la derogatoria del Decreto Supremo 025-2007-PCM. Y quien velará por el dinero despilfarrado? A propósito del AMPE, su actual presidente es el alcalde del distrito de Ate Oscar Benavides Majino de Somos Perú quien según un informe del Ministerio del Interior tiene un total de 70 denuncias.

sábado, 20 de febrero de 2016

FRANEL TOWNSEND

Que ha ocurrido, para que Anel Townsend no sólo se convierta en candidata y fan de César Acuña compartiendo la lista al congreso con fujimoristas que hoy ni Keiko quiere tener a su lado. Nos referimos por ejemplo, a María Jesús Espinoza y Willy Serrato otrora enemigos a muerte de la Townsend y compañeros de aventura en la lista de Acuña? 

Muchos no saben, que el hermano de la madre de Anel Francisco Diez Canseco Távara, es también candidato a la presidencia de la República. Porque preferir a un candidato como Acuña, que comparado con Diez Canseco, su tío carnal, está a leguas de distancia en lo intelectual y en lo moral?

 Será la plata como cancha la explicación a esa preferencia? O será simplemente que por más cariño y admiración que le tenga a su pariente, piensa que con Acuña tiene posibilidades de salir elegida y con Pancho Diez Canseco no? 

Cuando hace pocos días otro de los secuaces de Acuña (Fernando Andrade) como los ha llamado “El Comercio” trataba de justificar la entrega de dinero a las personas pobres diciendo: “César Acuña entregó dinero como ayuda humanitaria” , todos nos preguntábamos a los candidatos también le habrá entregado dinero como “ayuda humanitaria” o cómo hizo con los comedores populares, para comprarlos? 

Hay que agradecerle a César Acuña, el permitirnos descubrir a personajes de la política peruana que navegaban con banderas de moralizadores, limpios y hoy aplauden a rabiar a un sujeto que ellos saben que es precisamente todo lo contrario. 

Finalicemos con la letra del tango “Que el bacán que te acamala tenga pesos duraderos”